Resumen normas becas 2009
28/6/2009
Las referencias a títulos y artículos se refieren a la orden que regula la concesión de becas. (Por ej. I.3 se refiere al artículo 3 del Título I). Para tu comodidad, te proporcionamos un enlace al documento original de la CAM hacia el final de esta página. Si quieres esta información impresa, descarga este PDF.
Destinatarios
Niños hasta 3 años que asistan a centros privados autorizados por la CAM, entre los que se incluye el nuestro. (Artículo I.3) Incluye los nacidos hasta el 1 de julio (Artículo II.7)
Presentación de solicitudes (Artículo I.7)
Impreso oficial que debe ir firmado por el padre y la madre. (Es el Anexo I de la página anterior)
Plazo: hasta el 14 de julio (información obtenida del teléfono 012. La convocatoria habla de "15 días desde su publicación en el BOCM", de manera que se espera su publicación mañana, lunes 29 de Junio).
Se entregarán en la Dirección Territorial de la Consejería de Educación (nos corresponde la Norte, en Avda de Valencia s/n, San Sebastián de los Reyes).
Documentación (Artículo I.8)
Si se trata de hermanos, basta con una sólo impreso y el resto de la documentación.
La documentación a entregar es:
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Número de DNI o NIE (no copia del mismo)
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Libro de familia que acredite la edad del alumno y el número de personas de la unidad familiar. NOTAS:
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Si hay variaciones deberán documentarse, por ejemplo, con el certificado de empadronamiento
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Si ya se entregó la documentación el año pasado y no hay cambios, no es necesario volver a entregarla
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Si es familia numerosa, debe consignar el número del título de familia numerosa. Sólo es necesaria su copia si no fue expedido por la CAM.
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Certificado de matriculación, que os debemos expedir en nuestro centro.
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Si hay otras ayudas o becas similares concedidas, debe presentarse un certificado emitido por quién la concede indicando la cuantía. Son compatibles salvo que su suma supere la cuota de la escuela (Artículo I.19)
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Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social. Para autónomos también es necesario, expedido a partir de marzo de 2009 (Artículo II.8)
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La CAM consultará con la AEAT (Hacienda) para determinar los ingresos de la unidad familiar. Si en la AEAT no disponen de sus datos (por ej. sin declaración IRPF) solicite un certificado a servicios sociales. De lo contrario perderá puntos en la baremación para la concesión de la beca.
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Si el niño todavía no ha nacido, teóricamente podrían solicitarse las ayudas pero la convocatoria de este año se limita a los nacidos hasta el 1 de julio. (Artículo II.7)
IMPORTANTE: la documentación debe ser original o copia compulsada
¿Solicitar la beca me ata al centro donde matricule al alumno? ¿Son los cheques de la Escuela donde se matricula al alumno?
Radicalmente, no:
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Si el alumno cambia de centro dentro del plazo de subsanaciones, deberá comunicarlo inmediatamente a la Subdirección General de Becas y Ayudas. La comunicación irá acompañada del correspondiente certificado de matriculación expedido por el nuevo centro, siempre que el nuevo centro esté autorizado por la CAM. (Artículo I.16)
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Si se cambia de centro durante el curso (fuera del plazo de subsanaciones, Artículo I.21):
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notificar a la Subdirección y al centro de origen antes del día 20 del mes anterior al cambio
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presentar el certificado de matriculación del centro destino (debe estar autorizado por la CAM)
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Cada cheque mensual deberá ser percibido por una sola escuela (no puede fraccionarse entre ambas)
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Si el alumno sale de un centro autorizado y va a otro que no lo está, la beca cubre sólo el perioido en el que el alumno estuvo en el centro autorizado.
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El beneficiario será el único responsable de los cheques y deberá entregarlos mensualmente al centro de matriculación en concepto de abono de la cuota de escolarización (Artículo II.10.1) Por tanto, si bien es una práctica habitual que el centro se haga cargo de los cheques por comodidad, no significa que el centro sea su propietario.
Otras informaciones
Las becas se conceden desde septiembre hasta julio del año siguiente (no cubren agosto).
Las madres víctimas de violencia de género pueden solicitar no aparecer en los listados, podrá solicitarlo acreditándolo. (Artículo I.17)
Información extraída del documento original de la convocatoria de becas de la CAM. En dicho documento hay más información que puede ser de su utilidad. También pueden ayudarle en el teléfono de información ciudadana de la CAM, 012 (de 8:00 a 22:00).
Si tiene alguna duda, contacte con nosotros.
Aviso importante
Estas normas son un resumen de la orden de la CAM, que refleja los casos más generales, por lo que no nos responsabilizamos de no cubrir su caso concreto si es especial, o de la existencia de errores u omisiones. Por tanto, aunque este resumen le sirva de ayuda, es de su interés descargar y leer el documento completo de la CAM.